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TIPOS DE MIEMBROS

Tipos de Miembros

Se establecen las siguientes categorías de asociados: 

MIEMBROS FUNDADORES: los que suscribieron el acta de fundación de la Asociación Argentina de Cirugía Endoscópica y Mini Invasiva de Columna

A) MIEMBROS TITULARES: Son miembros titulares quienes hayan firmado el Acta de Fundación de la Asociación y aquellos que, a la fecha de aprobación de estos estatutos, son considerados miembros titulares de la Asociación Argentina de Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna. Para ser miembro titular se requiere: a) Ser médico con título argentino debidamente legalizado, con orientación neurocirujano o traumatólogo ortopedista y/o cirujano músculo esquelético, avalado por autoridad científica reconocida. b) Acreditar dos años en el ejercicio de la especialidad ante el Comité de Evaluación designado por la Comisión Directiva. c) Avalar la solicitud con la firma de dos miembros titulares de la Asociación Argentina de Artroscopia. d) Presentar un trabajo inédito sobre un tema de la especialidad ante el Comité Evaluador para ser leído en una sesión científica. Dicho trabajo podrá ser realizado por el candidato y ser presentado a sola firma, o tener hasta tres autores, siendo el candidato a miembro titular el primer autor y los otros, deberán ser miembros titulares que hayan participado activamente en el trabajo, orientando su realización. e) De no recibir impugnaciones a su candidatura como miembro titular por el plazo de dos sesiones, la Comisión Directiva procederá a su aceptación. Son derechos y obligaciones de los Miembros Titulares: a) Formar parte de la Comisión Directiva, Comités, Subcomités y Subcomisiones. b) Participar con voz y voto en las Sesiones Científicas y Asambleas. c) Contribuir con todos los medios a su alcance al desarrollo moral, científico, cultural y material de la Asociación. d) Abonar la cuota anual y toda otra cuota extraordinaria aprobada en Asamblea. 

B) MIEMBROS HONORARIOS: Serán miembros honorarios las personalidades científicas, nacionales o extranjeras, a las que la Asociación resuelva concederles tal distinción por trabajos realizados, investigaciones y obras científicas de notoriedad que los hagan acreedores a ello. Serán designados por el voto unánime de la Asamblea, a propuesta de la Comisión Directiva. Los Miembros Honorarios tendrán los mismos derechos de los Miembros titulares, excepto votar. Estarán eximidos de la obligación de abonar la cuota social. 

C) MIEMBROS VITALICIOS: Para serlo se requiere: a) Ser Miembro Titular de la Asociación Argentina de Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna, b) Tener indistintamente una antigüedad no menor a 10 años de asociado de la Asociación Argentina de Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna o tener más de 65 años de edad, con 10 años de socio de dicha Asociación. c) En casos especiales, podrá ser propuesto por la Comisión Directiva en una Sesión Ordinaria. De no haber objeción, pasadas dos sesiones, la Comisión Directiva, procederá a su designación. d) Los Miembros Titulares que reúnan los requisitos exigidos en los incisos a) y b) del apartado C del presente artículo podrán optar por el cambio de categoría, en cuyo caso deberá ser comunicado por escrito a la Comisión Directiva. e) Los Miembros Vitalicios no podrán ocupar cargos en la Comisión Directiva, ni votar en las Asambleas, pudiendo sí integrar los Comités, Subcomités y Subcomisiones que funcionen en la Asociación. No están obligados a abonar la cuota social. 

D) MIEMBROS ADHERENTES NACIONALES: Para ser Miembros Adherentes se requiere ser médico con título argentino debidamente legalizado y solicitar su ingreso a la Asociación por escrito avalado por dos miembros, de cualquier categoría y aprobado por la Comisión Directiva. Son derechos y obligaciones de los Miembros Adherentes: a) Asistir a las sesiones y actos científicos de la Asociación. b) Tener voz sin voto en las sesiones científicas. No tendrán voz ni voto en las Asambleas. c) Pagar la cuota anual. d) Integrar los Comités, Subcomités y Subcomisiones. e) Contribuir con todos los medios a su alcance para el desarrollo moral, científico, cultural y material de la Asociación. f) Solicitar ser designados Miembros Titulares conforme al Art 5 inc. a), b), c), d) y e) establecido para la incorporación como Miembro Titular. 

E) MIEMBROS ADHERENTES EXTRANJEROS: Se requiere ser médico con título otorgado por universidad extranjera debidamente reconocida y solicitar su ingreso a la Asociación por escrito, con el aval de dos Miembros Titulares, lo que deberá ser aprobado por la Comisión Directiva. Son derechos y obligaciones de los Miembros Adherentes Extranjeros: a) Asistir a las sesiones y actos científicos de la Asociación. b) Tener voz sin voto en las sesiones científicas. c) No tendrán voz ni voto en las Asambleas. d) Pagar la cuota anual y toda otra cuota extraordinaria aprobada por la Asamblea. e) Contribuir con todos los medios a su alcance al desarrollo moral, científico, cultural y material de la Asociación. f) Pueden integrar los Comités, Subcomités y Subcomisiones. g) Deberán ser presentados por dos Miembros Honorarios Correspondientes extranjeros o Titulares de la Asociación Argentina de Artroscopia. 

F) MIEMBROS CORRESPONDIENTES NACIONALES: Serán Miembros Correspondientes Nacionales las personalidades nacionales que se hayan destacado por sus aportes científicos, docentes y/o de investigación en el campo de la Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna y que por no ser médicos o por no ser médico endosocopista o cirujano de columna o cirujano músculo esquelético, no pueden acceder a la categoría de miembros titulares. Deberán ser designados por unanimidad de votos de la Asamblea. Tendrán los mismos derechos que los Miembros Titulares, excepto integrar la Comisión Directiva y votar en las Asambleas. Estarán eximidos de abonar la cuota anual. 

G) MIEMBROS CORRESPONDIENTES EXTRANJEROS: Serán Miembros Correspondientes Extranjeros, las personalidades científicas extranjeras a las que la Asamblea resuelva concederles tal distinción por decisión unánime. Tendrán los mismos derechos y obligaciones que los Miembros Titulares, excepto integrar la Comisión Directiva y votar en las Asambleas. Estarán eximidos de abonar la cuota social.