ESTATUTO
Estatuto: Objeto Social
ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA ENDOSCÓPICA Y MINI INVASIVA DE COLUMNA. TITULO I. DENOMINACIÓN. DOMICILIO. OBJETO SOCIAL.
Artículo 1.- Con la denominación de “ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CIRUGÍA ENDOSCÓPICA Y MINI INVASIVA DE COLUMNA”, se constituye en el día de la fecha, a perpetuidad, una entidad de carácter civil, sin fines de lucro, cuyo domicilio legal se fija en la jurisdicción de la hoy Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2.- Son sus propósitos, sin fines de lucro:
1) Contribuir al progreso de la medicina en el campo de la Cirugía Endoscópica y Mínimamente invasiva de Columna.
2) Fomentar en el país el estudio de la patología de la columna vertebral, en sus aspectos biológicos, experimentales, anatomopatológicos, clínicos, quirúrgicos y sociales.
3) Promover el reconocimiento de la especialidad cirugía endoscópica de columna y cirugía de columna.
4) Favorecer la jerarquización y la enseñanza de la especialidad a través de todos los recursos académicos que se consideren aptos.
Artículo 3.- Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación podrá, por sí o en articulación con otros, mediante profesionales con título habilitante cuando sea necesario, cuyos honorarios estarán a cargo de la Asociación, y siempre sin fines de lucro:
1) Auspiciar la creación de becas.
2) Celebrar reuniones, sesiones, congresos y otro tipo de actividades científicas que hagan a los objetivos de la Asociación.
3) Difundir los trabajos y actividades desarrolladas en las sesiones científica a través de sus publicaciones.
4) Promover el desarrollo de investigaciones y estudios relativos a la Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna.
5) Propender al establecimiento de relaciones científicas con las sociedades afines del país y del extranjero.
6) Propender e intervenir en el contralor científico, ético, deontológico y de cualquier otro aspecto que se relacione con el ejercicio de la especialidad.
7) Crear Comités, Subcomités y Subcomisiones para llevar a la práctica determinadas líneas de acción científica, organizativas y/o gremiales que se consideren de interés prioritario.
8) Regular y ocuparse del Ordenador Endoscópica (Artroscópico de Columna), como así́ también del Nomenclador Nacional y Arancelamiento de las prestaciones médicas de la Cirugía Mini Invasive de Columna.
9) Asesorar e intervenir en peritajes relacionados con la práctica médica de la Cirugía Endoscópica y Mini Invasive de Columna.
10) Brindar el asesoramiento y/o capacitaciones en las temáticas objeto de la Asociación a todas las instituciones, organismos gubernamentales y no gubernamentales que así lo requieran.
11) Fomentar acciones de divulgación a través de distintos medios (gráficos, audiovisuales, virtuales) en la materia objeto de la Asociación a través de publicaciones propias o de terceros.
12) Constituir y mantener una biblioteca sobre temáticas afines a la Asociación.
13) Motivar el compromiso de empresas con responsabilidad social a fin de que aporten recursos humanos o materiales para la consecución de los objetivos de la organización.